Devolucion iva

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  • #1569
    alfredo-rogel
    Participante

    Estimados de acuerdo a la nueva resolucion miscelanea 2a y al anexo 1, es necesario dogitalizar todos los comprobantes señalados para presnetar la solicitud de devolución?
    alguien me puede dar su comenatrio

    #1572
    CP Omar
    Superadministrador

    A partir del 2 de Febrero del 2012 la presentación de trámites de devolución de saldos a favor en forma PERSONAL se ha limitado solo a los siguientes supuestos:

    “Trámites de solicitud de devolución iguales o menores a $13,970.00, de contribuyentes Personas físicas, que no cuenten con firma electrónica avanzada y cuyo origen de la devolución sea “Saldo a Favor” o “Pago de lo Indebido”, y solicitudes de devolución de Personas Físicas y Morales, cuyo origen de la devolución sea “Resolución o Sentencia””

    Para el resto de los contribuyentes, la presentación de trámites de devolución de saldos a favor es por INTERNET a través del Formato Electrónico de Devoluciones disponible en Mi portal.

    Así las cosas, los requisitos documentales que te correspondan de acuerdo a las TABLAS contenidas en el DOF del 12 de junio del 2012 solo es posible adjuntarlos al trámite por Internet de forma electrónica dado su naturaleza.

    Finalmente te doy a conocer algunas NOTAS que aparecen al PIE de las TABLAS:

    “No se deberá considerar como obligatorio el anexar al trámite como parte de los comprobantes de impuesto pagado, las facturas de operaciones realizadas con proveedores, arrendadores o prestadores de servicios y de comercio exterior, los cuales sólo podrán solicitarse mediante requerimiento de información adicional.”

    “Los documentos originales se digitalizan para su envío”

    Espero la información te sea útil

    • Esta respuesta fue modificada hace 11 años, 9 meses por CP Omar.
    #1764
    alfredo-rogel
    Participante

    Gracias por la respuesta, pero me confirma el hecho de que si tengo que digitalizar todos los comprobantes que aun tengan vigencia impresión (cedula fiscal), binarios y en su caso estados de cuenta???

    #1765
    CP Omar
    Superadministrador

    Tratándose de solicitudes de devolución de IVA, solo a solicitud de autoridad se te requerira la presentación de los comprobantes de impuesto pagado, las facturas de operaciones realizadas con proveedores, arrendadores o prestadores de servicios y de comercio exterior. Esta comprobación no se digitaliza sino que se proporciona en original (para cotejo) y copia de modo presencial en los modulos del SAT.

    En términos generales los comprobantes por operaciones con proveedores y acreedores solo se proporcionan a solicitud de la autoridad y de modo presencial (no digitalizado).

    #2026
    Admin
    Superadministrador

    Por INACTIVIDAD este tema ha sido CERRADO.

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