compra venta de dolares particulares

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  • #1822
    alfredo-rogel
    Participante

    Se puede realizar compra venta de dolares entre compañias? y cual es el efecto fiscal? se debe facturar? causar Iva? etc. Agradecere la respuesta al respecto. gracias

    #1824
    JP Meza
    Participante

    Buenos días Alfredo, respecto a tu pregunta creo que si se puede pues según recuerdo la restricción que se estableció en 2010 era a la compra-venta de dólares en efectivo.

    Respecto a las implicaciones fiscales te recomiendo lo siguiente:
    1. Es importante que lo sustenten con un contrato de compra-venta de divisas.
    2. El principal efecto fiscal es en Impuesto Sobre la Renta y es la fluctuación cambiaria que puede generar Ganancia o Pérdida.
    3. Respecto a la facturación, desconozco de algun precepto legal al respecto, pero considero que por seguridad es preferible SI facturarlo.
    4. Respecto al Impuesto al Valor Agregado es una operación exenta, fundado en el artículo 9o. fracción VI.
    5. Es importante que se verifique si las compañías que pretenden realizar la compra-venta son partes relacionadas o no, esto por las implicaciones de los Precios de Transferencia.
    6. Considero también importante que el tipo de cambio que se fije entre las compañías sea favorable para ambas, es decir, se encuentre entre el TC a la compra y el TC a la venta de los bancos, esto para justificar porque se realiza entre ellas y no con una institución del sistema financiero.
    7. Importantísimo que se realice con cheque nominativo o transferencia bancaria, por cuestiones de comprobación.

    Creo que, por el momento, son todas las recomendaciones que te puedo hacer yo, espero te sirvan de algo y seguimos al pendiente.

    Saludos…

    #1858
    CP Omar
    Superadministrador

    Respecto a la pregunta ¿Se puede realizar compra venta de dolares entre compañias? me permito comentar lo siguiente:

    La “RESOLUCION QUE REFORMA Y ADICIONA LAS DISPOSICIONES DE CARACTER GENERAL A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 115 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO” publicada en el DOF del 16/06/2010 tiene como objeto combatir el lavado de dinero pero tratándose de operaciones en EFECTIVO

    En una nota del ECONOMISTA del 16 de Junio del 2010 se mencionó:

    “Por su parte, Guillermo Babatz, presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), aclaró que las operaciones en dólares no serán restringidas en la economía, ya que los particulares y empresarios podrán comprarse y venderse dólares entre ellos. Lo que no podrán es introducir más divisas estadounidenses de las que se permiten con las nuevas reglas en el sistema financiero.

    Los funcionarios destacaron que todas las operaciones electrónicas e interbancarias no tendrán limitantes en el monto, únicamente las que se realicen en efectivo.”

    Además, el 13 de Agosto del 2010 se aclaraba lo siguiente en el BLOGG de la SHCP:

    Normativa para personas morales:

    “Es muy importante entender que esto no afecta pagos electrónicos, pagos con cheques, ni pagos por tarjetas de crédito. Tampoco afecta esto su habilidad de recibir/hacer transferencias electrónicas a su cuenta bancaria en dólares o pesos.

    Si usted requiere acceso a dólares, le recordamos que hay varias cuentas de ahorro o cuentas de cheques disponibles en dólares en los bancos mexicanos.”

    Todo lo anterior sin perjuicio de las reglas sobre información que deben recabar y enterar las instituciones de crédito, según los montos operados, razón por la que considero muy apremiante dejar muy transparente la operación como lo comenta el CP Meza y que no te apliquen el dicho de HACER COSAS BUENAS QUE PAREZCAN MALAS.

    Además creo que debes analizar la información sobre Gatekeepers y que encontrarás en:

    http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/tramites/financieros/106_9902.html

    Fuentes:

    http://eleconomista.com.mx/sistema-financiero/2010/06/16/lanzan-reglas-operar-dolares-efectivo

    http://www.shcp.gob.mx/blogs/GobiernoFederal/default.aspx

    #2025
    Admin
    Superadministrador

    Por INACTIVIDAD este tema ha sido CERRADO.

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