Desde el 1° de junio del 2012 se lee el siguiente desplegado en el sitio de IMSS:
Estimado Patrón:
A solicitud del INFONAVIT no entrarán en vigor los cambios a los cálculos respecto al concepto de Amortización de Crédito INFONAVIT, para los tipos de descuento Cuota Fija y Veces Salario Mínimo, mismos que se implementaban en la Versión SUA 3.3.4
Por lo anterior se deberá utilizar la Versión SUA 3.3.5 para realizar los pagos sin contemplar el cambio en dichos cálculos…”
Como se recordará, hace algunos días el INFONAVIT envió masivamente un comunicado patronal para informar que en las retenciones de los créditos en tasa fija o en pesos, correspondientes al pago de los créditos de sus trabajadores, no se considerarían reducciones proporcionales por incapacidad y ausentismo y que esto aplicaría a partir del tercer bimestre del 2012 (mayo-junio); todo ello en oposición al artículo 49 del Reglamento de la Ley del INFONAVIT.
La siguiente liga contiene el oficio donde el propio INFONAVIT comunica la nueva interpretación armónica:
Oficio al Empresariado Mexicano
La nueva versión SUA 3.3.5 está disponible en el siguiente vínculo:









Agradezco muchìsimo ha esta pàgina creo que me va a servir de ayuda.
Los felicito y espero tengan un excelente futuro.
ROSA MARIA