El día martes 4 de octubre de 2016 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el ACUERDO por el que se establecen los Lineamientos del Sistema de Apertura Rápida de Empresas (SARE) y del Programa de Reconocimiento y Operación del SARE (PROSARE) con el que se busca actualizar y fortalecer la herramienta del SARE, para que la Ventanilla Única opere en condiciones óptimas y de manera permanente en los municipios o las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.

El SARE es el Sistema de Apertura Rápida de Empresas a través del cual la Autoridad Municipal ejecuta las acciones para que las Empresas de Bajo Riesgo (449 giros o actividades de un total de 1059) puedan iniciar operaciones en un máximo de tres días hábiles a partir del ingreso de su solicitud, otorgándosele la Autorización correspondiente.

Y es que, tras 14 años de vigencia, la normatividad del SARE establecida en el Acuerdo mediante el cuál fue creado se ha empolvado y requiere modernizarse siendo un claro ejemplo de ello la substitución del CMAP (Clasificación Mexicana de Actividades y Productos) por el SCIAN (Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte) como clasificador obligatorio para las Unidades del Estado desde julio de 2012.

Se espera que en breve la COFEMER publique en su sitio de Internet los siguiente anexos:

  • Anexo 1.- Catálogo de Giros de Bajo y Mediano Riesgo
  • Anexo 2.- Formatos de reporte mensual de monitoreo y seguimiento
  • Anexo 3.- Carta de intención del SARE
  • Anexo 4.- Formato de solicitud SARE
  • Anexo 5.- Carta de intención del PROSARE
  • Anexo 6.- Formato de solicitud de certificación a través del PROSARE

TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

El siguiente documento electrónico contiene el citado ACUERDO para mayor abundamiento.

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