El día jueves 22 de septiembre de 2016 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento para la Autorización de Uso de Denominaciones y Razones Sociales necesarias para la inclusión de supuestos específicos en la materia tratándose de Sociedades por Acciones Simplificadas.

Y es que con la introducción de este nuevo régimen societario denominado Sociedad por Acciones Simplificada (su abreviatura será S.A.S.) se han estado haciendo adecuaciones a diversas disposiciones consideradas necesarias para su start up el cuál se prevé en noviembre de 2016.

Con la introducción de las SAS’s se han estado haciendo adecuaciones a diversas disposiciones consideradas necesarias para su start up el cuál se prevé en noviembre de 2016.

Dentro de las reformas y adiciones contempladas en el decreto podemos destacar las siguientes:

  • S.A.S. relevada del requisito de señalar un Fedatario Público autorizado o a un Servidor Público al momento de tramitar la reserva de Denominación o Razón Social.
  • Constitución de la S.A.S. o modificación de su Denominación o Razón Social sin requerir los servicios de Fedatario Público Autorizado o Servidor Público.
  • Tratándose de la S.A.S. el Aviso de Uso será emitido de manera automática al validar, por sistema, el contrato social. 

Su entrada en vigor lo define el siguiente artículo transitorio:

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

El siguiente documento electrónico contiene el citado DECRETO para mayor abundamiento.

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