Época: Décima Época
Registro: 2012427
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Publicación: viernes 26 de agosto de 2016 10:34 h
Materia(s): (Laboral)
Tesis: VI.1o.T.19 L (10a.)

OFRECIMIENTO DE TRABAJO. ES DE MALA FE SI AL HACERLO EL PATRÓN NO RECONOCE QUE LA RELACIÓN LABORAL TERMINÓ O SE SUSPENDIÓ, NO ACLARA LA CAUSA Y TAMPOCO SEÑALA LA FECHA EN LA QUE OCURRIÓ.

El ofrecimiento de trabajo es una figura creada por la interpretación efectuada por la otrora Cuarta Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, originalmente a través de la tesis aislada de rubro: “DESPIDO DEL TRABAJADOR. CARGA DE LA PRUEBA, EN CASO DE OFRECIMIENTO DEL TRABAJO.”, publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo CXXXII, abril a junio de 1957, página 222, de la que se advierte que si el patrón ofrece al trabajador reincorporarse a sus actividades y niega el despido, obtiene el beneficio procesal de obligar al trabajador a demostrar la existencia de la separación laboral que adujo. Por ende, un requisito sine qua non es aceptar que la relación de trabajo terminó o se suspendió y, por tanto, que puede reanudarse. En consecuencia, si al contestar la demanda en que se imputa al patrón el despido, éste no lo reconoce ni aclara la causa de la interrupción del vínculo laboral, y tampoco señala la fecha en que ocurrió, es claro que al ofrecer al trabajador que se reincorpore a su empleo incurre en una incongruencia que revela una indebida actitud procesal, lo que se traduce en que el referido ofrecimiento de trabajo es de mala fe.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEXTO CIRCUITO.

Amparo directo 796/2015. Martín Flores González. 1 de abril de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Contreras Carazo, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretario: Luis Rubén Baltazar Cedeño.

Esta tesis se publicó el viernes 26 de agosto de 2016 a las 10:34 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

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