El día martes 16 de Agosto de 2016 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el ACUERDO por el que se modifica el artículo sexto transitorio del Acuerdo por el que se dan a conocer los criterios administrativos, requisitos y formatos para realizar los trámites y solicitar los servicios en materia de capacitación, adiestramiento y productividad de los trabajadores, publicado el 14 de junio de 2013 mediante el que se amplía el plazo originalmente otorgado para que los instructores independientes concluyan satisfactoriamente su educación media superior o inclusive la profesional y logren conservar su registro, ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, como Agente Capacitador Externo.

Y es que el plazo que les fue otorgado originalmente feneció a mediados del mes de junio de 2016 por lo que su ampliación al treinta de noviembre de dos mil diecisiete busca incentivarlos a cumplir el requisito de acreditar, por única ocasión, que cuentan con su educación obligatoria concretada.

El siguiente documento electrónico contiene el citado ACUERDO para mayor abundamiento.

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