La Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016 (actualizada por enésima vez al 13 de julio de 2016) trae como buena noticia la ampliación del plazo para optar por utilizar la herramienta de “Mis cuentas”, conforme a la regla 2.8.1.5. para quedar relevados de llevar e ingresar en forma mensual la contabilidad electrónica a través del Portal del SAT siempre y cuando no hayan sido requeridos al respecto:
Sexto transitorio de la 3° RMRMF 2016.
Los contribuyentes a que se refiere la regla 2.8.1.19., podrán ejercer la opción de utilizar “Mis cuentas” a más tardar el 31 de diciembre de 2016, con efectos a partir del 1 de enero de 2016, siempre y cuando la autoridad no haya requerido la presentación de su contabilidad electrónica que se debió haber enviado mediante el Portal del SAT.
Como se recordará, dicha opción tuvo como primer plazo perentorio el 30 de abril de 2016 por lo que, en los casos que aplique y se desee optar por la facilidad, se recomienda presentar de inmediato el caso de aclaración correspondiente tomando un modelo como el siguiente:
AVISO DE OPCIÓN PARA UTILIZAR “MIS CUENTAS
Las citadas modificaciones y adiciones fueron dadas a conocer en la página de Internet del SAT en términos de la regla 1.8.
Regla 1.8. de la RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2016.
Asimismo, el SAT dará a conocer en su portal de forma anticipada y únicamente con fines informativos, reglas de carácter general que faciliten el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes. Los beneficios contenidos en dichas reglas, serán aplicables a partir de que se den a conocer en el Portal del SAT, salvo que se señale fecha expresa para tales efectos.