El día jueves 24 de marzo de 2016 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el DECRETO por el que se reforman los artículos 167 y 179 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado que permitirá a los derecho habientes del FOVISSSTE la obtención de un segundo crédito una vez que el primero se encuentre totalmente liquidado.
Su entrada en vigor lo define el siguiente artículo transitorio:
Primero. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación..
A continuación el DECRETO en comento para mayor abundamiento:








