Los artesanos cuyas ventas anuales no rebasen 250 mil pesos pueden elegir cumplir con sus obligaciones a través de los adquirentes de sus artesanías en lugar de hacerlo por su cuenta en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF); así lo dio a conocer en conferencia de prensa en la ciudad de Oaxaca, Patricia Delgado Medellín, Administradora Central de Promoción a la Formalidad del SAT.

Dentro de las bondades de esta alternativa figuran la inscripción y facturación por medio del adquirente de las artesanías, quien también estará obligado a retener el 5% de ISR y el 16% de IVA.

Dentro de los contras se observa la pérdida de disminución de impuestos (ISR e IVA) hasta en un 100 por ciento al no tributar en el RIF.

A continuación la transcripción del comunicado de prensa relativo:

Comunicado de prensa número —/—

Oaxaca, Oaxaca, a 08 de marzo de 2016

Presenta SAT esquema opcional de facilidades para artesanos

  • Patricia Delgado, Administradora Central de Promoción a la Formalidad, explicó que ahora los artesanos pueden cumplir con sus obligaciones fiscales  tributando en el RIF o a través de los adquirentes de sus artesanías.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) presentó el esquema opcional de facilidades para personas físicas que elaboren artesanías,  a través del cual los integrantes de este sector pueden cumplir con sus obligaciones fiscales.

En conferencia de prensa en la ciudad de Oaxaca, Patricia Delgado Medellín, Administradora Central de Promoción a la Formalidad del SAT, explicó que los artesanos pueden elegir  la forma que mejor se adapte a su actividad para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, de alguna de las dos siguientes:

A) El Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) o,

B) A través de los adquirentes de sus artesanías

Si el artesano opta por el RIF y sus ventas no rebasan en un año de dos millones de pesos, obtiene beneficios  fiscales, tales como la disminución de sus impuestos (ISR e IVA) hasta en un 100 por ciento.

Si el artesano elige cumplir con sus obligaciones a través de los adquirentes de sus artesanías y sus ventas anuales no rebasan de 250 mil pesos, no tiene que hacer ningún trámite fiscal, solo deberá proporcionar algunos datos generales al adquirente de las artesanías para que este último cumpla con las obligaciones fiscales del artesano, es decir, lo inscriba, facture por cuenta de él y le retenga el 5 por ciento de ISR y el 16 por ciento de IVA.

“En eso consiste esta nueva disposición fiscal, ya dimos el primer paso, ahora hay que seguir, y estamos abiertos a cualquier duda, al lugar donde quieran que estemos los acompañaremos y apoyaremos en todo momento”, expresó.

En presencia de artesanos de la entidad, Patricia Delgado dijo que en este proceso contarán con el apoyo del SAT, a través de las Administraciones de Servicios al Contribuyente, así como de instancias como Fonart, entidades federativas, Casas e Institutos de las artesanías, Casas de Arte Popular, entre otros.

Asimismo, en su visita a esta ciudad inauguró un Núcleo de Apoyo Fiscal en la Universidad Mesoamericana, donde se ofrece de manera gratuita:

• Inscripción al RFC

• Reimpresión de constancias de inscripción

• Obtención y recuperación de contraseña

• Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales

• Atención a contribuyentes del RIF

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