La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI) integrada por representantes de los sectores obrero, patronal y de gobierno aprobó la reclasificación de los salarios mínimos generales y profesionales de todos los municipios que actualmente integran el área geográfica “B” hacia la actual área geográfica “A” además de renombrar la actual área geográfica “C” como área geográfica “B”, sin ninguna modificación en su integración municipal ni en los montos de salarios mínimos general y profesionales vigentes.

La nueva configuración de zonas salariales implica que:

1. Se incrementan de manera automática un 2.9% los salarios mínimos de la actual área geográfica “B” para igualarlos con los del área geográfica “A” mismos que no sufren modificaciones, logrando con ello que el estrato salarial legal que constituye el piso de las pirámides sea equivalentes en ambas áreas.

2. Las áreas geográficas “A” y “B” se unifican en una sola y mayor área geográfica “A” alterando los salarios solo en una de ellas.

3. Desaparece lo que conocemos como área geográfica “C” para ser identificada en adelante como área geográfica “B” con lo que se reducen a dos las zonas salariales en México.

El Consejo de Representantes de la CONASAMI determinó viable la homologación de las áreas geográficas “A” y “B” considerando que:

1. En los últimos 24 años se han reducido las diferencias económicas y productivas que justificaban tener la anterior configuración de zonas salariales en el país.

2. Que la actual situación económica del país constituía un momento propicio para avanzar en el cierre de las áreas geográficas a efecto de su convergencia hacia un solo salario mínimo general y profesional para cada ocupación que tiene definido un salario mínimo profesional.

3. Que el nivel de diferencia actual entre los salarios mínimos generales de las áreas geográficas “A” y “B” permite apreciar que el incremento necesario para igualarlos no tendrá efectos perceptibles sobre la inflación y el empleo y, en cambio, contribuirá, de manera moderada, a fortalecer el mercado interno en el ámbito regional.

Por su parte, el sector patronal voto en contra de la resolución toda vez que desde su punto de vista es infundada e improcedente, no se ajusta a la legislación laboral vigente y rompe el Estado de Derecho que debemos preservar y defender los mexicanos.” aunque al final declaró:

Finalmente dejamos patente nuestro interés de mantener la armonía que nos une con el Sector Obrero, con quien durante más de nueve años hemos cumplido por unanimidad con las obligaciones que corresponden a este Consejo. Confiamos en que en nuestros próximos acuerdos se continúe con la concordia que ha venido caracterizando el análisis y toma de decisiones en esta Comisión Nacional, siempre en beneficio de México.

Los nuevos salarios mínimos generales y profesionales que tendrán vigencia a partir del 27 de noviembre de 2012 así como la nueva configuración de las áreas geográficas para fines salariales en la República Mexicana pueden ser consultados y analizados directamente de la Resolución del H. Consejo de Representantes de la CONASAMI del día 23 de noviembre de 2012, misma que presentamos a continuación:

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