El día de HOY se publicó en el DOF el DECRETO por el que se modifica el diverso por el que se otorgan facilidades administrativas en Materia Aduanera y de Comercio Exterior de acuerdo a lo siguiente:

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DECRETO

      ÚNICO.- Se reforma el Artículo Quinto del Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en Materia Aduanera y de Comercio Exterior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 2008, para quedar como sigue:

      “ARTÍCULO QUINTO.- La Secretaría de Economía otorgará el carácter de exportador autorizado, al amparo del Tratado de Libre Comercio con la Unión Europea y del Tratado de Libre Comercio con la Asociación Europea de Libre Comercio, a las personas físicas o morales que:

I.        Exportaron mercancías con un valor de al menos US$150,000 (ciento cincuenta mil dólares de los Estados Unidos de América) en el periodo enero-diciembre del año inmediato anterior o en un periodo de doce meses anteriores a la fecha en que se presente la solicitud;

II.       Cuenten con un programa vigente autorizado por la Secretaría de Economía, en términos del Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación, cuyo contenido se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 1 de noviembre de 2006;

III.      Exporten productos perecederos, o

IV.     Exporten productos artesanales.”

TRANSITORIO

       ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

La modificación se estimó necesaria a fin de adecuar los requisitos para otorgar el carácter de exportador autorizado en el marco del Tratado de Libre Comercio con la Unión Europea y el Tratado de Libre Comercio con la Asociación Europea de Libre Comercio, establecidos en el Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en Materia Aduanera y de Comercio Exterior publicado el 31 de marzo de 2008 con el objeto de simplificar el acceso a los mecanismos de facilitación comercial a las empresas micro, pequeñas y medianas para que tengan la posibilidad de incursionar en el comercio exterior en condiciones más competitivas.

A continuación presentamos el texto íntegro del Decreto publicado en el DOF el 31 de marzo de 2008 y que hoy se modifica:

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