Para quienes mantienen créditos fiscales en firme ante el SAT por multas formales les agradará saber que la PRODECON se ha anotado un logro más en este tenor en su busqueda por lograr el pleno ejercicio de los derechos de los contribuyentes en el país.

Esta vez la PRODECON logró que el SAT asumiera tres compromisos:

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  1. Valorar las circunstancias que llevaron al contribuyente al incumplimiento.
  2. Considerar tanto su situación económica como su comportamiento histórico ante el fisco.
  3. Emitir una resolución debidamente fundada y motivada otorgando de esta forma certeza jurídica al contribuyente.

Esto con base en el artículo 74 del Código Fiscal de la Federación que en su primer párrafo dice:

Artículo 74.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá condonar las multas por infracción a las disposiciones fiscales, inclusive las determinadas por el propio contribuyente, para lo cual apreciará discrecionalmente las circunstancias del caso y, en su caso, los motivos que tuvo la autoridad que impuso la sanción.

Fué precisamente esa discrecionalidad la que volvía casi imposible obtener una resolución favorable cuando los contribuyentes tenían a bien solicitar el trámite de condonación de multas y que los nuevos lineamientos hoy aceptados por esa autoridad buscan acotar.

A continuación presentamos el contenido íntegro del comunicado de la PRODECON denominado “Condonación de multas formales” del que recomendamos su lectura para conocer el alcance de los beneficios para cada caso particular.

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