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Etiquetado: usos mercantiles
Revisando el anteproyecto de la 3ra RMF 2012 me encontre en la regla I.2.7.1.5.Para los efectos de los artículos 29-A, fracción V, primer párrafo, 29-B, fracciones I, inciso a) y III y 29-C, fracción II, inciso d) del CFF, los contribuyentes podrán señalar en los comprobantes fiscales que emitan, la unidad de medida que utilicen conforme a los usos mercantiles.
CFF 29-A
Pero que quiere decir con usos mercantiles??, Segun el SAT esta es la respuesta que da en el chat….
P: De acuerdo a la Tercera Resolucion de Modificaciones a la Resolucion Miscelanea Fiscal para 2012 en la regla 1.2.7.1.5, ¿que quiere decir con unidad de medida que utilicen conforme a los usos mercantiles?
R: Por ejemplo. Botes, sillas, mesas, etc. Cualquier artículo.
Cabe aclarar que para efectos de Servicios tambien se podra indicar este en el apartado de unidad de medida, esto segun fuente del SAT.
La nueva regla (aún no publicada en el DOF) no necesariamente índica que todo vuelve a la normalidad o como normalmente lo hacías. Algunos autores han definido a “Uso Mercantíl” como las “normas de Derecho objetivo creadas por la observancia repetida, uniforme y constante de los comerciantes en sus negocios”.
Dichas normas, al no estar escritas, pueden variar de una plaza a otra (localización geográfica) o de un gremio a otro (giro) lo que las vuelve INCIERTAS y poco prácticas en paises como el nuestro que se rigen por un sistema de derecho escrito (legalidad).
En esta ocasion es el SAT el que, de manera SUPLETORIA, le abre la puerta a esta norma jurídica no escrita conocida como “USOS MERCANTILES” y mientras te apegues a la realidad de tu zona, plaza o gremio no deberás de que preocuparte ya que el derecho está de tu lado.
Por INACTIVIDAD este tema ha sido CERRADO.
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