El día de HOY se publicó en el DOF el ACUERDO por el que se expiden las disposiciones de carácter general para la entrega de los recursos de la Subcuenta de Vivienda 97.  Como se recordará, el 12 de enero de 2012 fué publicado un decreto que concedia el siguiente beneficio a los trabajadores que en el mismo se citan:

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OCTAVO. Los trabajadores que se beneficien bajo el régimen de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, además de disfrutar de la pensión que en los términos de dicha ley les corresponda, deberán recibir en una sola exhibición los fondos acumulados en la subcuenta de vivienda correspondientes a las aportaciones acumuladas hasta el tercer bimestre de 1997 y los rendimientos que se hubieran generado.

Los fondos acumulados en la subcuenta de vivienda a partir del cuarto bimestre de 1997 y sus rendimientos serán entregados en una sola exhibición en los mismos términos y condiciones a los establecidos en el párrafo anterior.

El mismo decreto concedió a la SHCP un término de 180 días naturales, contados a partir del 13 de enero del 2012,  para emitir los procedimientos y disposiciones de caracter general que permitan identificar a los trabajadores sujetos del beneficio a fin de que puedan recibir los fondos acumulados en su subcuenta de vivienda, procedimientos que son publicados en tiempo el día de HOY.

El DOF relativo al 09 de Julio del 2012 lo puedes localizar en nuestro menú Información de Uso Frecuente.

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