Como se recordará, el Lunes 25 de Junio del 2012 se llevó a cabo una reunión entre la PRODECON y las autoridades del IMSS en donde fueron presentadas y discutidas problemáticas que se generan en la clasificación de empresas para efectos de la determinación y pago de la prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo derivado principalmente de la insuficiente cantidad de actividades que figuran en el actual Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (276 contra las 1380 reconocidas por el SCIAN).
Los puntos relevantes y Acuerdos derivados de dicha reunión son los siguientes:
A) El IMSS reconoció las afectaciones que se derivan del actual catálogo y la necesidad de su actualización, considerando el clasificador del SCIAN.
B) Se precisó que se está trabajando en el nuevo catálogo, buscando equivalencias entre las actividades en que se encuentran actualmente las empresas y las nuevas categorías que se van a integrar en el catálogo.
C) Previamente a la emisión del catálogo actualizado, las autoridades del IMSS manifestaron su intención de convocar a la Procuraduría a reuniones de trabajo con sus grupos Colegiados, con el propósito de evitar la eventual afectación a los derechos de los contribuyentes con la emisión del nuevo catálogo.
D) Manifestaron que, en tanto no se modifique el Reglamento, la implementación del catálogo SCIAN sólo implicará un clasificador de uso interno que no se traducirá en afectación alguna a la prima con la que cotizan las empresas en el Seguro de Riesgos de Trabajo
La PRODECON informa que el tema continuará siendo objeto de estudio, investigación y análisis, por lo que seguirán celebrándose mesas de trabajo y diversas reuniones con los participantes e interesados en el referido tema, a fin de instrumentar las propuestas de solución correspondientes.
Por último la PRODECON invita a todos los contribuyentes, sectores y agrupaciones que consideren pueden aportar elementos para el mejor desarrollo de esta investigación, a fin de que manifiesten lo que a su derecho convenga por la vía que estimen pertinente.








