Registro digital: 2030218
Instancia: Primera Sala
Undécima Época
Materias(s): Constitucional, Administrativa
Tesis: 1a./J. 31/2025 (11a.)
Fuente: Semanario Judicial de la Federación.
Tipo: Jurisprudencia
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que la norma fiscal que otorga, a partir de 2023, el beneficio de la compensación universal solo a contribuyentes auditados por el fisco no viola el principio de igualdad. Aunque esta figura dejó de aplicarse desde el ejercicio fiscal de 2019, en 2023 se retomó con la restricción mencionada, lo que no acontecia antes. Esto ha llevado a algunos contribuyentes a percibir un trato desigual entre quienes son auditados y quienes no lo son. Sin embargo, la Corte considera que la norma que prevé dicho beneficio no genera un trato diferenciado ni vulnera el principio de igualdad, ya que cualquier contribuyente puede eventualmente ser seleccionado de manera aleatoria para una auditoría por parte del fisco y, como consecuencia, beneficiarse de la compensación universal.
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