Estimado johnny.
No por varias razones; te enlisto solo unas cuantas:
– Tus ingresos son por realizar una Actividad Empresarial y no por la PRESTACIÓN DE UN SERVICIO PERSONAL SUBORDINADO que si sucede con un Asalariado.
– La calidad de Patrón y de Trabajador no puede recaer en la misma persona; o se es uno o se es otro, pero pretender ser ambos seria lo que jurídicamente se conoce como un ABSURDO.
(Artículo 8o de la Ley Federal del Trabajo.- Trabajador es la persona física que presta a OTRA, física o moral, un trabajo personal subordinado.)
– Si el FISCO te permitiera deducir (de cualquier manera y no solamente la propuesta por tí) tus RETIROS DE LA ACTIVIDAD significaría la posibilidad de que la base de ISR fuera de CERO con lo que carecería de sentido el ISR que en esencia GRAVA la RENTA, es decir, la UTILIDAD.
Espero mis respuestas sean útiles y oportunas.