El día miércoles 12 de octubre de 2016 el SAT notificó a 252 contribuyentes, mediante la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del OFICIO 500-05-2016-36420, que se ubican en la hipótesis prevista en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación al emitir comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes con lo que se presume la inexistencia de las operaciones amparadas en tales comprobantes.

“La presunción admite que los contribuyentes puedan manifestar ante la autoridad fiscal lo que a su derecho convenga y aportar la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos que llevaron a notificarlos.

La presunción admite que los contribuyentes puedan manifestar ante la autoridad fiscal lo que a su derecho convenga y aportar la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos que llevaron a notificarlos, aunque su derecho de audiencia tiene un plazo perentorio de 15 días hábiles, contados a partir de que surta efectos la última de las notificaciones, según la prelación establecida en el artículo 69, primer párrafo del Reglamento del Código Fiscal de la Federación (la presente).

Por lo que recomendamos echar un vistazo al listado y en los casos que proceda desvirtuar los hechos en tiempo y forma y evitar se actualice definitivamente la hipótesis prevista en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación con su correspondiente impacto fiscal para el contribuyente y terceros.

A continuación el OFICIO 500-05-2016-36420 sujeto a publicación para su consulta y análisis.

 

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