El día de hoy fue publicado en el Portal del SAT el sistema para la presentación de la declaración informativa sobre su situación fiscal establecida en el artículo 32-H del Código Fiscal de la Federación.

La fecha límite para presentar la DISIF 2015 es el 30 de Junio de 2016, estando obligados a ello los siguientes contribuyentes:

  1. Quienes tributen en términos del Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que en el último ejercicio fiscal inmediato anterior declarado hayan consignado en sus declaraciones normales ingresos acumulables para efectos del impuesto sobre la renta iguales o superiores a un monto equivalente a $644,599,005.00, así como aquéllos que al cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior tengan acciones colocadas entre el gran público inversionista, en bolsa de valores y que no se encuentren en cualquier otro supuesto señalado en este artículo.
  2. Las sociedades mercantiles que pertenezcan al régimen fiscal opcional para grupos de sociedades en los términos del Capítulo VI, Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
  3. Las entidades paraestatales de la administración pública federal.
  4. Las personas morales residentes en el extranjero que tengan establecimiento permanente en el país, únicamente por las actividades que desarrollen en dichos establecimientos.
  5. Cualquier persona moral residente en México, respecto de las operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

El siguiente vínculo conduce a la página del DISIF dentro del Portal del SAT para un mayor abundamiento.

Portal del SAT: DISIF 2015.

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