Chipi

Participante
Uno de mis clientes (persona física con actividad empresarial del régimen general) adquirió en 2016 un pick-up nuevo de agencia cuyo destino será su negocio y pagó un 30% de su valor directamente a la agencia y el resto fue mediante financiamiento bancario dentro del mismo mes. ¿Que tratamiento fiscal se debe dar tanto para ISR como para IVA? ¿Cuanto puede deducir y acreditar en el mes de la operación? ¿Quien y por que conceptos deben expedir los CFDI?

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