En enajenación de casa habitación que excede de 1,500,000 UDIS ¿qué documentación debe exhibir el enajenante para que proceda la exención de los ingresos por dicha enajenación?

Deberá de exhibir ante el fedatario público que formalice la operación cualquiera de los siguientes documentos comprobatorios, siempre que el domicilio consignado coincida con el domicilio del inmueble enajenado:

•Credencial de elector, además, en este caso, deberá exhibir, alguno de los siguientes:

*Comprobante de luz o telefonía fija.

*Estados de cuenta emitidos por el sistema financiero, o por casas comerciales o de tarjetas de crédito no bancarias.

•Comprobante de luz o telefonía fija.

•Estados de cuenta emitidos por el sistema financiero, o por casas comerciales o de tarjetas de crédito no bancarias.

Cuando menos un comprobante por cada uno de los cinco ejercicios anteriores a la enajenación.

La documentación debe estar a nombre del contribuyente, de su cónyuge o de sus ascendientes o descendientes en línea recta.

No obstante, el contribuyente deberá informar en su declaración anual, el monto de los ingresos obtenidos por dicha enajenación en el apartado de Datos informativos obligatorios.

Fundamento legal: Artículos 109 fracción XV inciso a) y 175 de la LISR, Artículo 130 de RLISR y Regla I.3.10.7. de RMF para 2012.

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