Las donatarias autorizadas ¿cuándo y a través de que medio presentan la “Información para garantizar la transparencia, así como el uso y destino de los donativos recibidos”?

Deben presentar la información en los meses de noviembre o diciembre de cada año, respecto del ejercicio inmediato anterior, a través de la página de internet del SAT, a través del programa electrónico “Transparencia de las Donatarias Autorizadas”, utilizando para tal efecto la FIEL

Fundamento legal: Artículo 97 fracción V de LISR, Regla I.3.9.11 de la RMF para 2012 y Ficha 15/ISR del Anexo 1-A.

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